System Messages

La consulta popular del proyecto de Código de las Familias: principios, derechos y deberes constitucionales en juego.

“el Derecho de familia es el más sentimental de los Derechos”
La consulta popular del proyecto de Código de las Familias: principios, derechos y deberes constitucionales en juego.

 

Si la profesora Olga Mesa Castillo ha afirmado que “el Derecho de familia es el más sentimental de los Derechos”, cabría decir que el Código de las familias es el más social de los códigos.

En ocasiones, los ciudadanos cuestionan los grados de democracia, participación e inclusión que el Estado logra, pero obvian hacer similar ejercicio sobre el espacio de la familia o respecto al plan de convivencia que debe existir, cuando de una familia distinta se trata. El constituyente cubano, a sabiendas del impacto que tendría en la sociedad el hecho de atemperar la diversa y compleja realidad existente en las familias cubanas, primero a la Constitución y, después, a una nueva ley que las regule, decidió prever en la disposición transitoria decimoprimera de la Carta Magna que en el plazo de dos años de vigencia de la misma, se iniciase el proceso de consulta popular y referendo del proyecto de Código de Familia, en el que debe figurar la forma de constituir el matrimonio. 

Se hace necesario dotar al nuevo Código de altos índices de legitimidad ciudadana, por las implicaciones que tiene para la convivencia social y para la visión de sociedad de las nuevas generaciones, de ahí la concepción de un proceso encaminado a la búsqueda del consenso popular, dentro del cual, la consulta popular juega un papel determinante. 

De la consulta popular se deriva un derecho ciudadano, en específico, un derecho de participación, así lo reconoce el inciso d del artículo 80 de la Constitución de la República; esta institución es expresión del principio de soberanía popular del artículo 3 constitucional, y entraña su ejercicio en forma directa por parte del pueblo

La consulta popular permite a la Asamblea Nacional “calibrar” el “sentir” ciudadano sobre determinados contenidos del anteproyecto que pueden resultar conflictuales o a priori carecer de acuerdos claramente mayoritarios, por lo que permite la construcción de consensos. Por otra parte, involucra a la ciudadanía en el proceso legislativo y eleva su cultura jurídica respecto a la futura ley, más, si la propia ciudadanía será la destinataria de sus normas, en caso de que se apruebe; otro beneficio es que potencia la dimensión dialógica y consensual, tan necesaria en cualquier sociedad.

¿Si la educación comienza en casa –como solemos decir– por qué la democracia no debe comenzar en la familia? La consulta popular deber ser tan plural, inclusiva y funcional como lo es la propuesta de Código de las Familias que se someterá a decisión de los votantes, solo así lograremos una sociedad marcada por intereses, valores y principios compartidos, no en el sentido de que sean los mismos para todos, sino en el sentido de que todos les ofrezcamos el mismo respeto.

Palabras clave: Código de las familias, Constitución de la República, Consulta popular, Cuba, Derecho, Derechos, Familia, Normas jurídicas, Sociedad

Enviar un comentario nuevo

El contenido de este campo se mantiene privado y no se mostrará públicamente.
  • Las direcciones de las páginas web y las de correo se convierten en enlaces automáticamente.
  • Saltos automáticos de líneas y de párrafos.
CAPTCHA
Esta pregunta se hace para comprobar que es usted una persona real e impedir el envío automatizado de mensajes basura.
Image CAPTCHA
Escriba los caracteres que se muestran en la imagen.