El pasado 10 de julio entró en vigor del Decreto-Ley No. 31 de Bienestar Animal en Cuba. Esta norma jurídica regula los principios, deberes, reglas y fines respecto al cuidado, la salud y la utilización de los animales, para garantizar su bienestar.
Publicado en la Gaceta Oficial No.25 extraordinaria, el texto estipula las reglas y conducta a seguir por los médicos veterinarios, los organismos, y por personas naturales o jurídicas; enumera las contravenciones y las sanciones a aplicar en cada caso; y muestra las vías pertinentes para presentar quejas o inconformidades.
El Decreto-Ley de Bienestar Animal satisface una necesidad de la población y de expertos e interesados en el tema que requerían regulaciones acordes a los tiempos.
El Día Mundial de los Animales se celebra cada 4 octubre por decisión de la Organización Mundial de Protección Animal. Fue una iniciativa que se presentó en un congreso en Viena en 1929.
Este día tiene como objetivo solucionar y concientizar, principalmente, sobre las especies en peligro de extinción. Al mismo tiempo, se propuso el 4 de octubre para conmemorar a San Francisco de Asís.
Se trató de un santo que nació en 1182 en Italia. San Francisco de Asís se lo consideró un adelantado por comprender que el bienestar de las personas está integrado con el medio ambiente y los animales.
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